viernes, 21 de septiembre de 2018

RILDA PACO ALVARADO (IMILLA CUNUMI BIRLOCHA)

La artista RILDA PACO ALVARADO, se ha convertido en el centro de discusión, por su acto de insurrección cometido a la Virgen del Socavón venerada en la ciudad de Oruro, pintándola semidesnuda, con una tanga roja y medias ligeras negras. Defensores y cientos de feligreses organizaban actos de desagravio a la Virgen, mientras que opositores y detractores celebraban el aparente triunfo de la libertad de expresión del Arte.
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Rilda Paco Alvarado. La Virgen del Socavón con ropa interior. 
“Celebramos la libertad de expresión, ¿hasta qué punto el Arte debe de ser irreverente?, han ofendido a la virgen, la víctima es la virgen, que la virgen presente sus papeles para enjuiciar, aquí cada quien dice lo que le da la gana eso es una sociedad moderna y democrática… El Arte que no provoca, el Arte que no transgrede se queda ahí en eso, en una intención, el Arte te tiene que provocar te tiene que mover fibras muy sensibles, te puede gustar y te puede no gustar esa es una de las claves fundamentales de cómo mirar una obra de arte, y es función de la Ministra de Cultura, más allá de su credo defender el Arte, Arte Boliviano”, (Programa Anoticiando ATB).

En la actualidad van en aumento las ilustraciones y los agravios de tipo sexual que violan los cánones del Arte y la Fe Religiosa, esto significa que empezamos a salirnos de la construcción del buen hacer pictórico y escultórico, donde las demandas de protesta que expresaban las obras de Arte eran reverentes y exigían una auténtica conciencia a la sociedad.

El Arte es un medio de expresión y de representación de la sociedad, que sirve para transmitir, vivencias, sentimientos o dogmas a través de su propio lenguaje artístico, pero aunque no todas las obras de Arte dan respuesta a las mismas necesidades referidas, pueden tener una función distinta dependiendo del momento histórico en que se encuentran. Una función esencial del Arte, consiste en provocar en las personas una saludable reflexión, que les haga salir de su ensimismamiento y conformismo, haciéndoles sufrir muy sutilmente, abriéndoles los ojos y la mente suscitando en ellos una sana conciencia sobre los problemas sociales del mundo que les rodea.

La escena compositiva de Paco se muestra aun incólume y aparentemente inofensiva delante de sus espectadores, parados en frente se observa a ciertos personajes típicos del carnaval orureño, un diablo, un pepino y un moreno sujetando unas botellas verdes, parecieran estar rindiendo fervor a la imagen de María la Madre de Jesucristo, quien desafortunadamente se encuentra semidesnuda, en tanga, con medias ligeras negras y es la protagonista central de la escena. Paco afirma que su propuesta crítica los excesos y derroche de dinero que se propician en la fiesta de carnaval de Oruro...............uso a la virgen como una representación femenina de todas las mujeres y el hecho de usar una tanga roja y unos ligeros negros no significa que sean unas prostitutas y te vengan y quieran violarte más que todo era eso....existe una asociación entre la virgen y las mujeres quienes son cosificadas por los hombres que participan del carnaval y que justo en las fiestas de carnaval se incrementan los casos de violencia contra las mujer, violencia hacia los niños y feminicidios afirma Paco, asimismo dijo estar dispuesta y pedir disculpas, solo a los verdaderos devotos. 

Una mujer que se precie a sí misma, no creo que se sienta representada en esta expresión importuna, banal y ofensiva para el género femenino, que aparte de ser una conjeturada propuesta social que no es muy clara ni muy precisa al ser más literal que pictórica, carente de signos y valores estéticos, la escena artística no demanda las exigencias literales planteadas por Paco Alvarado, es más bien la expresión de un acto insurgente que compromete seriamente la Iconografía Religiosa que aparte de estar protegida por normas nacionales e internacionales, representa a la Madre de Jesucristo, una mujer sagrada para el mundo Cristiano y la Fe Religiosa, si Paco asiente y desea pedir disculpas, significa que lo que hizo no está nada bien.

Desde hace ya más de 50 décadas se han venido confeccionando una gran variedad de insultantes propuestas estéticas, que han tenido como esencia el incitar falsas reflexiones sostenidas en la actitud transgresora, provocativa y rebelde que dispone el arte contemporáneo como único medio de comunicación y expresión característica, que además hace uso del ejercicio de la libertad de expresión artística vulnerando constantemente la legalidad vigente.

EL LIBERTINAJE Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ARTE.  

El arte como toda ciencia, su accionar también está sujeto a las leyes y al rigor académico, puesto que uno de los elementos jurídicos indispensables en el proceso creativo está ligado a la libertad de expresión. La jurisprudencia internacional señala que la libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, consagrado en el Artículo 19, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Las constituciones de todos los sistemas democráticos también lo señalan así.
La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia indica en su Artículo 21, que las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos, numeral 3) A la libertad de pensamiento, expresados en forma individual o colectiva, tanto en público como en privado, con fines lícitos.

La libertad de expresión es un derecho reconocido por los países democráticos, derecho que tiene la finalidad de permitir la propagación ideológica sin restricciones ni coacciones mientras sean legales.

El libertinaje es lo opuesto a la libertad de expresión, es la omisión de todas las leyes y regalas determinadas por la sociedad, el libertinaje es una actitud de abuso de la libertad, desde un punto de vista jurídico, el uso y abuso de un derecho, es el uso excesivo de un derecho que va en contra del derecho de otra persona.

No obstante, los sistemas legislativos democráticos, reconocen límites a la libertad de expresión, cuando entran en conflicto con otros derechos y valores. Jurídicamente el libertinaje y la libertad de expresión pictórica se diferencia principalmente en el respeto a las personas, a sus ideales y creencias, si nuestros actos son lícitos, no transgreden los límites permitidos por las leyes los códigos éticos y morales, nuestra libertad de expresión estará garantizada, estos son límites a la libertad de expresión, tu puedes ser libre pero no tus actos.

¿CUANDO EL ARTE INFRINGE LA LEY?



Así como el arte cuestiona todos los momentos estoicos de la sociedad de su tiempo, debe ser también imparcial y cuestionarse así mismo, sin embargo gran parte del arte contemporáneo al calor y uso de la libertad de expresión infringe constantemente las normas y presume tener el derecho a no ser cuestionado ni menos sancionado, por lo que al presente es difícil imaginar  alguna actividad creativa o ideológica exenta de actitudes, escandalosas y transgresoras que contravienen el derecho colectivo o privado causando perjuicios. Por lo citado anteriormente consideramos que todos los actos y hechos humanos, están condicionados al ordenamiento jurídico legal vigente, por lo tanto, todos los artistas somos conscientes de que, en cualquier acto de creación pictórica o escultórica, supone el ejercicio de un derecho fundamental, (el derecho a la libertad de expresión), derecho que está sujeto a ley, tiene límites y se restringe en la libertad ajena.

Tomando en cuenta estos aspectos jurídicos, el arte transgrede la ley cuando hace uso y abuso de la libertad de expresión en perjuicio de la libertad ajena, un artista tiene todo el derecho a expresarse en libertad, pero que en ello no implique que en su acto de creación viole el derecho de las demás personas, ningún derecho está por encima de otros, si la propuesta de algún artista, resulta polémica, los ciudadanos tienen la potestad y la obligación de criticarlo, cuestionarlo, censurarlo y someterlo al ordenamiento jurídico. 

Paco Alvarado no es la única artista boliviana que obtiene ciertos beneficios exponiendo estas liviandades antiestéticas en nombre del arte, pero lo realmente preocupante es la falta de conocimiento de los principios éticos, estéticos y jurídicos de las Artes Plásticas y Visuales, la   tolerancia, la complicidad, el cinismo generalizado que impera en ciertos sectores de la sociedad, y en algunos medios de comunicación, que festejan el mal uso del arte y la libertad de expresión a través de estas representaciones  humillantes que utilizan la iconografía religiosa, ofendiendo a la comunidad Católica y Cristiana, haciendo de su Fe mofa pública; aprobando de alguna manera  esta rebeldía.......soy artista plástico estoy en mi pleno derecho de expresarme y representar a la sociedad de la forma que más me plazca. Sin embargo, esta actitud rebelde e infractora tiene un precio, ya que puede dar lugar a múltiples circunstancias en las que el arte vulnera el derecho de la personalidad o el patrimonio cultural.

SUSTENTO JURÍDICO QUE AMPARA EL PATRIMONIO CULTURAL. 

1)   UNESCOLa Convención para la Protección de los Bienes Culturales de 1954, establece en su Artículo 1Definición de los bienes culturales. Para los fines de la presente Convención, se considerarán bienes culturales, cualquiera que sea su origen y propietario: inciso a. Los bienes, muebles o inmuebles, que tengan una gran importancia para el patrimonio cultural de los pueblos, tales como los monumentos de arquitectura, de arte o de historia, religiosos o seculares, los campos arqueológicos, los grupos de construcciones que por su conjunto ofrezcan un gran interés histórico o artístico, las obras de arte, manuscritos, libros y otros objetos de interés histórico, artístico o arqueológico, así como las colecciones científicas y las colecciones importantes de libros, de archivos o de reproducciones de los bienes antes definidos.
Artículo 2. Protección de los bienes culturales. La protección de los bienes culturales, a los efectos de la presente Convención, entraña la salvaguardia y el respeto de dichos bienes.
2)   El Carnaval de Oruro, fue declarado Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad el 2001 y el 2008, fue inscrito en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, por la UNESCO.
3)  La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, indica en su Artículo 99. Parágrafo I. El patrimonio cultural del pueblo boliviano es inalienable, inembargable e imprescriptible. Los recursos económicos que generen se regularán por la ley, para atender prioritariamente a su conservación, preservación y promoción. Parágrafo III. La riqueza natural, arqueológica, paleontológica, histórica, documental, y la procedente del culto religioso y del folklore, es patrimonio cultural del pueblo boliviano, de acuerdo con la ley.
4) La Ley N° 530, Ley del Patrimonio Cultural Boliviano señala en su Artículo 7. (PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL). Parágrafo I. Se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, prácticas, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes; que las naciones y pueblos indígena originarios campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas, urbanas y rurales, reconocen como parte integral de su identidad. Parágrafo III. Se manifiesta en los siguientes ámbitos: numeral 6. Actos y creencias religiosas.
Artículo 10. (PATRIMONIO CULTURAL MATERIAL INMUEBLE). Parágrafo I. Son bienes culturales materiales inamovibles, y son expresiones o testimonios de la cultura o de la naturaleza, que poseen un valor arquitectónico, histórico, ancestral, arqueológico, paleontológico, natural, científico, artístico, estético, medicinal, terapéutico, religioso, espiritual, eclesiástico, ritual, etnográfico, cosmológico, paisajístico, folklórico, comunitario, social, productivo y tecnológico. Parágrafo II. Comprende de manera enunciativa y no limitativa, 3. Iglesias, capillas, catedrales, templos, santuarios y lugares sagrados.


DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL BOLIVIANO (TÍTULO VI). Artículo 223. (DESTRUCCIÓN O DETERIORO DE BIENES DEL ESTADO Y LA RIQUEZA NACIONAL). El que destruyere, deteriorare, substrajere o exportare un bien perteneciente al dominio público, una fuente de riqueza, monumentos u objetos del Patrimonio Cultural Material Boliviano, incurrirá en privación de libertad de uno (1) a seis (6) años”

Los Bienes Culturales procedentes de la cosmovisión religiosa, ideológica, actos, creencias, contexto eclesiástico, Fe, culto y su patrimonio arquitectónico están protegidos por normas internacionales y nacionales que exigen su salvaguarda, protección y respeto. Estos son sólo algunos elementos jurídicos que consideran la defensa del Patrimonio Cultural y quien los menoscabare a través de cualquier medio artístico, tienen que ser sancionados.

Pero como todo anda revuelto en el arte contemporáneo a nivel continental, las obras polémicas están de moda, como la imagen de Jesucristo sumergido en orina "Piss Christ" que exhibió el artista neoyorquino Andrés Serrano.

Andrés Serrano parado frente a "Piss Christ", su fotografía de un crucifijo sumergido en orina.
La misma escena sacrílega de Paco Alvarado, nos demuestra la pasividad que ha prevalecido especialmente en el aparataje legal sin que nada haya pasado, lamentablemente no estamos educando en valores a través del arte, por causa de la acción no siempre sabia de algunos artistas, quienes en lugar de potenciar la formación y transformación del ser humano, explotan sin conciencia los recursos estéticos, con trabajos cada vez más arriesgados, innobles y amorales, con el riesgo de incrementar aún más la pérdida de valores de la sociedades contemporáneas.

No podemos concluir sin antes hacer mención la falta de ética profesional predominante del arte contemporáneo, ética que ha sido obtenida a lo largo de nuestra formación y del rigor académico adquirido. Todos los Artistas Plásticos hemos sido formados con una ética que ha condicionado y orientado nuestras acciones en el ejercicio considerado de nuestra noble profesión, ya que una obra de arte, expresa y comunica también valores éticos por medio de la experiencia estética, generando en nuestra vocación una responsabilidad ética y moral que hay que resguardar. La próxima cosecha de artistas puede que dependa de lo que hoy el arte esté sembrando y debemos inspirarles una sana rebeldía, conscientes de los beneficios que el arte puede ofrecer al ser humano, de ahí que nuestro talento debe estar orientado en favor del bien social y al servicio de la integridad del arte.